El Parto Respetado, una nueva visión sobre el nacimiento

En los últimos años el concepto de Parto Respetado está cobrando auge, al punto de que ha sido incluido en varias legislaciones nacionales. Sin embargo, muchas personas no saben todavía de qué se trata y cuáles son sus fundamentos, incluso mujeres embarazadas que ignoran que ellas y sus hijos tienen derechos a la hora de atravesar el proceso de nacimiento.

Se entiende por parto respetado a aquel que respeta el proceso natural y fisiológico del cuerpo femenino al dar a luz, evitando toda intervención innecesaria que altere ese ritmo, y priorizando las necesidades y el bienestar de la madre y el bebé.

Hasta hace poco, todo el proceso de parto estaba regido desde el punto de vista del profesional que lo asistía. En efecto, se trataba el embarazo y el parto como una enfermedad donde el médico es quien debe tomar todas las decisiones. Sin embargo, dar a luz es un proceso natural y fisiológico, donde el personal sanitario sólo cumple una función de control, para intervenir únicamente en aquellos casos donde la situación lo requiere.

En cuanto a la madre, se la obligaba a parir inmovilizada en la camilla ginecológica, al tiempo que se le practicaban en forma rutinaria una serie de intervenciones con poca o ninguna evidencia de utilidad, o bien que sólo son necesarias en algunos casos y en circunstancias concretas: goteo de oxitocina para acelerar las contracciones y acortar el trabajo de parto, rasurado, enemas, episiotomía, uso de instrumentos para sacar al bebé, maniobras para acelerar su salida.

Al mismo tiempo, la mujer llegaba a dar a luz con poca o ninguna información, y el personal de salud tampoco se la proporcionaba. La presencia de un acompañante en la sala de partos – que puede ser muy significativa para la parturienta – era vista como una molestia. Finalmente, la mujer era infantilizada, solicitándole que debía “portarse bien”, “no gritar”, “colaborar”, amenazándola con practicarle una cesárea en caso de que no siguiese esas órdenes.

Una vez el bebé nacía, era inmediatamente separado de su madre para ser higienizado, pesado, para colocarle sondas en las vías respiratorias, entre otros procedimientos que no necesitan hacerse con celeridad, sino que pueden esperar, priorizando no separar al niño de su madre en esos minutos de vital importancia.

Afortunadamente, cada vez son menos los centros asistenciales y maternidades donde aún persiste este tipo de prácticas. Precisamente, el concepto de parto respetado plantea una revisión de estos protocolos, para cambiarlos por otros más humanos, más empáticos con la situación emocional de la mujer y su hijo, y en definitiva – como su nombre lo indica –, más respetuosos.

Para resumir los fundamentos del parto respetado, se transcribe el texto de la Ley 25.929 de Argentina, del 25 de agosto del 2004. Sin embargo, a casi diez años de ser promulgada, esta ley no ha sido reglamentada. Es que en materia de Parto Respetado, aún queda mucho por transitar.

 

Índice de Contenido

ARTICULO 1º.

– La presente ley será de aplicación tanto al ámbito público como privado de la atención de la salud en el territorio de la Nación. Las obras sociales regidas por leyes nacionales y las entidades de medicina prepaga deberán brindar obligatoriamente las prestaciones establecidas en esta ley, las que quedan incorporadas de pleno derecho al programa médico obligatorio.

 

ARTICULO 2º.

Toda mujer, en relación con el embarazo, el trabajo de parto, el parto y el postparto, tiene los siguientes derechos:

a) A ser informada sobre las distintas intervenciones médicas que pudieren tener lugar durante esos procesos, de manera que pueda optar libremente cuando existieren diferentes alternativas.

b) A ser tratada con respeto, y de modo individual y personalizado que le garantice la intimidad durante todo el proceso asistencial y tenga en consideración sus pautas culturales.

c) A ser considerada, en su situación respecto del proceso de nacimiento, como persona sana, de modo que se facilite su participación como protagonista de su propio parto.

d) Al parto natural, respetuoso de los tiempos biológico y psicológico, evitando prácticas invasivas y suministro de medicación que no estén justificados por el estado de salud de la parturienta o de la persona por nacer.

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